Por la presente, sirva esta nota de prensa para informar que en el día de ayer cinco miembros de 15M-ACAMPADA PERMANENTE DE JEREZ, y en representación de la asamblea realizada el día antes para los mismos efectos, tuvieron un encuentro en la Delegación de Bienestar Social, Igualdad y Salud, con la Delegada Isabel Paredes Serrano, la Directora del Área de Bienestar Social, Nuria Núñez Real y el Coordinador de Inclusión Social, Rafael Muñoz Fernández, a quienes se les informó de las condiciones en las que se encuentran las personas en situación de exclusión social que existen en Jerez.
En este sentido, l@s miembros de la Acampada Permanente de Jerez mostraron su malestar por la precariedad de los servicios sociales del Ayuntamiento de Jerez, especialmente la del albergue municipal -y otras instalaciones de similares características- cuya gestión ha sido criticada por este colectivo que lleva ya 170 días de acampada ininterrumpida en la Plaza del Arenal.
En dicho encuentro, se realizó registro de entrada de un documento dirigido a la Delegación de Bienestar Social, Igualdad y Salud para su estudio, y que sirvió de base para exponer los puntos que este colectivo solicita que sean atendidos adecuadamente, algunos de los cuales poseen carácter de urgencia. Tanto la Delegada de Bienestar Social, Igualdad y Salud, como l@s técnic@s arriba mencionado@s, se dieron por informad@s y este colectivo le solicitó la respuesta oficial al Decálogo
Adjuntamos documento entregado a la mencionada Delegación:
15M-ACAMPADA PERMANENTE DE JEREZ
Plaza del Arenal, s/n
Jerez de la Frontera
Mª Isabel Paredes Serrano
Delegada de Bienestar Social, Igualdad y Salud
Ayuntamiento de Jerez
El colectivo abajo firmante, y en virtud de los acuerdos tomados en asamblea, así como de la necesidad imperante que existe en la sociedad jerezana de que se implemente un programa municipal alternativo que dé soluciones prácticas e inmediatas a la creciente coyuntura de personas en situación, o en riesgo, de exclusión social, y teniendo en cuenta que el derecho humano y constitucional básico a tener una vivienda digna en Jerez no se aplica de forma generalizada en la actualidad, INFORMA
1.- Que estamos de acuerdo en que se tenga en cuenta para su debido cumplimiento el apartado primero del artículo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos cuando especifica que "toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad".
2.- Que, del mismo modo, subrayamos que se observe la necesidad de aplicación de las disposiciones jurídicas establecidas por el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, especialmente de las relacionadas directamente con los derechos arriba mencionados, tal y como determina el apartado primero de su artículo 11 cuando especifica que "los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento".
3.- Que, en este sentido, ha de tenerse en cuenta para los mismos efectos la Recomendación 112 de 1961, sobre la vivienda de los trabajadores de la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo que define en el segundo apartado de sus "Principios Generales" , y dentro de los "Objetivos de la Política Nacional en Materia de Vivienda", que "la política nacional debería tener por objetivo el fomento, dentro de la política general relativa a la vivienda, de la construcción de viviendas e instalaciones colectivas conexas, a fin de garantizar que se ponga al alcance de todos los trabajadores y de sus familias un alojamiento adecuado y decoroso y un medio ambiente apropiado", y que "debería darse prioridad a las personas cuyas necesidades sean más urgentes".
4.- Que también insistimos en que se haga cumplir la vigente Constitución española en esta materia, especialmente su artículo 47 donde se proclama que "todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada", y que "los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación", además de insistir en que "la comunidad participará en la plusvalía que genere la acción urbanística de los entes públicos".
5.- Que, además, resaltamos la importancia de la ejecución del artículo 25 del Estatuto de Autonomía para Andalucía cuando señala que "para favorecer el derecho constitucional a una vivienda digna y adecuada, los poderes públicos están obligados a la promoción pública de la vivienda".
6.- Que, por todo ello, y considerando que su relación con el ámbito municipal es incuestionable, el colectivo Acampada Permanente 15-M Jerez ha acordado presentar el presente decálogo de peticiones a la Delegación de Bienestar Social, Igualdad y Salud del Ayuntamiento de Jerez de la Frontera para coadyuvar a la erradicación de la exclusión social que sufre un número cada vez mayor de ciudadanos y ciudadanas afincad@s en esta ciudad.
DECÁLOGO DE PETICIONES:
1º) Un edificio apropiado para albergar, en principio y de inmediato, a las personas que están alojadas en nuestra Acampada Permanente de la Plaza del Arenal, y a TODAS las personas que, por propia voluntad, quieran dejar de vivir en la calle y no encuentren solución a su situación.
2º) Estudiar las soluciones necesarias y disponer de ellas para dar a TODAS las personas, una solución real y duradera, sin permitir que nadie quede excluido de este derecho, sea cual sea su situación o perfil.
3º) Constitución de una comisión mixta que supervise, proyecte y potencie la alternativa definitiva a todos los problemas de exclusión social: LOS CENTROS RESIDENCIALES SOCIALES DE BARRIOS. Dicha comisión dispondrá de toda la información necesaria referente a las condiciones de los mencionados albergues, así como a la distribución de los fondos destinados a este colectivo.
4º) Acondicionamiento de los albergues existentes hasta niveles de los Centros Residenciales Sociales de Barrios propuestos en el punto tercero, donde las personas puedan llevar una vida digna sin tener que cumplir normas degradantes que nadie aceptaría en otras circunstancias, pues no escasean las situaciones y anomalías que podrían ser fácilmente evitables, como la privación de taquillas para colocar los enseres personales con un mínimo de seguridad e intimidad; de expulsión generalizada de las personas excluidas socialmente, desde las siete de la mañana hasta las diez de la noche, sin tener en cuenta las necesidades de las personas excluidas socialmente; de dispersión y de separación forzada de familiares; de autoritarismo desmedido; de hacinamiento y de despreocupación real por las condiciones de las personas en situación de exclusión social...
5º) Gestión absoluta por parte del municipio jerezano de los fondos destinados a las cuestiones sociales, sin delegar en ninguna institución o entidad privada ajena a la administración local.
6º) Escrupuloso respeto por parte del Ayuntamiento de Jerez a todas las libertades que la Constitución y la Declaración Universal de los Derechos Humanos otorgan, y rechazo a todo condicionamiento basado en prejuicios sociales, raciales, sexuales, ideológicos, religiosos, o cualquier otro que se fundamente en la discriminación del tipo que sea.
7º) Reconocimiento por parte del Ayuntamiento de Jerez del derecho a empadronarse de las personas que por cualquier situación o por propia voluntad vivan en la calle.
8º) Adopción de las necesarias medidas municipales, junto con las autonómicas, para sancionar o expropiar a aquellos propietarios con viviendas vacías que las utilicen como moneda de especulación y las mantengan del mismo modo cerradas, y/o en ruinas. De esta manera, el Ayuntamiento de Jerez realizará su cesión, a precios acordes con los tiempos, a ciudadanos y ciudadanas que podrán ser, al mismo tiempo, contratad@s para la rehabilitación de las mencionadas viviendas, favoreciendo de este modo la creación de puestos de trabajo y la reactivación de los comercios en aquellas zonas que, como el casco histórico de Jerez, poseen un gran número de casas abandonadas,
9º) Exención del Impuesto de Bienes e Inmuebles (I.B.I.) para las personas con una única vivienda y con ingresos inferiores al Salario Mínimo Interprofesional, y compromiso por parte del Ayuntamiento de Jerez de responsabilizarse directamente de los gastos y del realojo de las personas desahuciadas por impagos de sus hipotecas.
10º) Abono por parte del Ayuntamiento de Jerez de los intereses de demora adquiridos por las trabajadoras y los trabajadores de las empresas concesionarias municipales debido al impago, o el retraso de los pagos, de sus nóminas, como son los casos de ACASA o LIMASA.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, se firma y registra en Jerez de la Frontera, a 14 de febrero de 2012
4