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Viernes, 10 de febrero de 2012
El Tribunal Supremo admite a trámite un recurso contra la posibilidad de cerrar páginas webs sin la acción judicial

LA LEY SINDE O LA ESENCIA DE LOS ACUERDOS BIPARTIDISTAS

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Por Cristóbal García Vera - Redacción Canarias Semanal

 [Img #4550] 

        Mientras los diferendos entre el Partido Popular y el PSOE suelen recibir la mayor atención mediática, sus significativas coincidencias en temas fundamentales pasan frecuentemente desapercibidas. Y no es casual que esto suceda. En la lucha por la alternancia gubernamental, de la que participan los grupos de comunicación afines a uno u otro partido, es posible sacar excelentes réditos incluso de las diferencias mas nimias, una vez que éstas son convenientemente exageradas para movilizar a los votantes. Publicitar la identidad de los  intereses que representan los dos grandes partidos del Estado español, en cambio,  provocaría el efecto contrario y pondría seriamente en entredicho la ficción “democrática” requerida para lograr el consenso de las mayorías sociales. Las coincidencias básicas de PSOE y PP se plasman  -y hoy es particularmente evidente-  en las líneas maestras de sus políticas económicas. Pero también, como[Img #4551] complemento necesario de éstas, en la promulgación de las leyes que garantizan los multimillonarios beneficios de quienes costean – no por mero altruismo- sus lujosas campañas electorales.

 

    Un ejemplo de estos “acuerdos de principios" puede observarse en la trayectoria seguida por la llamada Ley Sinde,  a la que prestó su nombre la anterior ministra de Cultura del Ejecutivo Zapatero y cuyo núcleo fundamental fue ideado originalmente en los EE.UU. por los gabinetes jurídicos de las grandes multinacionales del entretenimiento. En España, el lobby de la industria del ocio – nucleado alrededor de la corrupta Sociedad General de Autores y Editores presidida entonces por el canario Teddy Bautista-  no pudo encontrar mejor defensora de estos intereses que Ángeles González Sinde, una mujer directamente relacionada con las empresas dedicadas a este lucrativo negocio.  En nombre del Gobierno “socialista”, González Sinde batalló como una auténtica jabata para sacar adelante la legislación que abrirá las puertas a la persecución del libre intercambio de archivos a través de Internet y que provocó una airada rebelión entre los internautas. Después de un primer intento de “colarla” a través de la Ley de Economía Sostenible, el Ejecutivo Zapatero logró sacarla adelante en las postrimerías de la última legislatura con el apoyo parlamentario del Partido Popular y CiU.

 

    Finalmente, Sinde entregó el testigo para la concreción y aplicación de la nueva normativa a su sucesor. El ultraconservador  ministro de Educación, Cultura y Deporte José Ignacio Wert. Las resistencias contra la polémica Ley, sin embargo, aún no han sido totalmente derrotadas. A  tres semanas de la aprobación su reglamento,  el Tribunal Supremo ha admitido a trámite un recurso en su contra. Dicho recurso, presentado por la Asociación de Internautas (AI), se basa en la prerrogativa  que la nueva norma legal otorgará a una “Comisión de la Propiedad Intelectual” para cerrar páginas webs arbitrariamente, si considera que están vulnerando derechos de autor, y sin necesidad de recurrir a la autoridad de un juez. Este miércoles 8 de febrero se conocía el auto del  Supremo que admite el recurso contencioso-administrativo presentado la pasada semana por la AI y en el que se impugna el reglamento que desarrolla y concreta la Ley Sinde.

 


LOS INTERNAUTAS CONTRA LA COMISIÓN DE CENSORES

 

    Para el presidente de la Asociación de Internautas, Víctor Domingo, el reglamento desarrollado por el Partido Popular - y que coincide con el proyecto original desarrollado por Ángeles González Sinde- "arrebata a la Justicia su potestad para dilucidar asuntos que pueden afectar a derechos fundamentales, como la libertad de expresión y la de información, para entregárselos a una comisión administrativa". La impugnación de la norma por parte de la Asociación de Internautas se fundamenta en el hecho de que la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) establece que sólo los jueces pueden dictar la cesación de una actividad que vulnere los derechos de propiedad intelectual como medida cautelar. En la base del recurso se encuentra, igualmente, la inconcreción de las sanciones y la falta de una habilitación precisa para imponerlas. “Pedimos que se suspenda todo el reglamento y después que se anule. De forma subsidiaria, solicitamos que se invaliden varios artículos que vulneran otras tantas leyes”, manifestó  la abogada de la AI y autora del recurso Ofelia Tejerina.



EL MINISTRO WER ADVIERTE: "EL SUPREMO NO IMPEDIRÁ QUE LA LEY ENTRE EN VIGOR"


    Tras la admisión a trámite del recurso, el  TS  ha abierto una pieza separada, ordenando que se comunique a la Abogacía General del Estado que tiene un plazo de diez días para presentar alegaciones. En la mañana del jueves 9, no obstante, el ministro de Cultura exteriorizaba sin ambages el grado de inquietud que le provoca la diligencia judicial. "La decisión del Supremo es  un trámite procesal sin mayor importancia que no impedirá la entrada en vigor de la norma en marzo", afirmó Wert en declaraciones efectuadas a una televisión de ámbito estatal. En la misma línea, el titular de la cartera de Cultura, Educación y Deporte aseguró que "mantendrá el calendario" para la aplicación de la ley y defendió la importancia de "demostrar seriedad y compromiso con el cumplimiento de las exigencias de respeto a la propiedad intelectual".

 

    La letrada Ofelia Tejerina, por su parte, consideró que  en términos estrictamente jurídicos la suspensión de la norma podría producirse perfectamente”. Tejerina, no obstante, reconoce que no alberga excesivas esperanzas con respecto a la posible resolución de esta última batalla legal contra la Ley Sinde. “Hay muchas connotaciones políticas que pueden condicionar el proceso” – manifestó a este respecto. No parece, pues, que la ingenuidad sea uno de los defectos de la abogada que en su día batalló también contra el “Canon digital”. Porque el poder de los beneficiarios de la Ley Sinde es demasiado grande, y lo que se juegan con ella demasiado importante, como para confiar en que una de las instituciones del Estado que les ampara pueda atreverse a tumbarla por el mero hecho de que sea manifiestamente injusta. El desenlace del litigio, sea como fuere, no tardaremos demasiado en conocerlo.



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